RD 180/2015

Novedades en la aplicación del RD 180/2015 de traslados en Cataluña

El pasado 18/05/2016 la Agència de Residus de Catalunya publicó una nota sobre la aplicación del RD 180/2015 que sustituye a la anterior información facilitada. Los cambios de interpretación que incluye esta nueva comunicación se resumen en que las Fichas de aceptación (FA), las hojas de seguimiento (FS) y los justificantes de recepción de residuos (JRR), sólo son necesarios para los residuos que ya lo eran antes con el decreto 93/1999.

Para dar complimiento al RD 180/2015 en Catalunya, hay que considerar los siguientes aspectos:

- Los contratos de tratamiento (CT) deben incluir toda la información especificada en el artículo 5 del RD 180/2015.

- La vigencia de las fichas de aceptación tramitadas a partir del 7 de mayo de 2016, tendrán una validez de 3 años (la validez anterior se fijaba en 5 años).

- Los residuos deben ir acompañados del documento de identificación (DI) o albarán, factura o carta de porte que contenga la información del anexo I del RD 180/2015.

- Para determinados residuos es necesaria la NOTIFICACIÓN PREVIA DEL TRASLADO. Estos residuos son:

a) Traslado de residuos peligrosos.
b) Traslado de residuos destinados a eliminación.
c) Traslado de residuos destinados a instalaciones de incineración clasificadas como valorización (R1/V61).
d) Traslados destinados a valorización de residuos domésticos identificados como 200301.

La notificación puede servir para múltiples traslados siempre que se mantengan las características, en este caso, máximo 3 años.
La nueva nota informativa se puede consultar en este enlace:

http://residus.gencat.cat/ca/consultes_i_tramits_-_nou/normativa/normativa_estatal_en_materia_de_residus/